¡Alerta Laboral! El Mega DNU 70/2023 es un asalto a los Derechos de los Trabajadores y Trabajadoras

En medio de la adversidad que atraviesa nuestro país, nos vemos en la obligación de compartir las alarmantes repercusiones del Mega DNU 70/2023, una medida que impacta de manera intensamente perjudicial en los derechos de los trabajadores y trabajadoras. Un claro ataque a la propiedad privada de la fuerza productiva más numerosa de la Argentina.

Estas reformas introducidas por el decreto son excepcionales y van más allá de una simple regresión en los derechos fundamentales del trabajo. Creemos que es nuestro deber informarte sobre el impacto que estas medidas tienen en tus derechos:

  • Nulidad absoluta e insanable:

El DNU 70/23 es nulo de nulidad absoluta e insanable (art. 99.3 C.N.), ya que las facultades legislativas están vedadas al Poder Ejecutivo Nacional en circunstancias no excepcionales.

  • Fomenta el empleo informal:

Elimina todas las sanciones a empleadores por contrataciones informales (“en negro”). Se eliminan las multas consagradas por las leyes 24.013, 25.323, 25.345 y 26.844.
Se facilita el empleo “en negro” al permitir a cuentapropistas contratar hasta 5 trabajadores sin la obligación de registrarlos.
El decreto valida el fraude laboral al excluir la protección de la Ley laboral (20.744) para contrataciones de obra, servicios y agencia del Código Civil y Comercial.
Fomenta de fraude y simulación al obtener el monotributo para simular una prestación de servicios del derecho civil y comercial.

  • Eliminación y disminución de la indemnizaciones por despido

Reduce la base de cálculo y autoriza la  sustitución por un fondo de cese laboral al estilo del “régimen de la construcción” que no protege el despido arbitrario violando el Art. 14 bis de la Constitución Nacional.
Faculta al patrón a contratar un seguro en lugar de realizar el pago directo de las indemnizaciones.
Autoriza el pago de indemnizaciones para Pymes en 12 cuotas.

  • Cambios perjudiciales en condiciones laborales:

Extiende el periodo de prueba a 8 meses aún para trabajadores informales.
Transfiere los gastos de cuentas “sueldo” al trabajador.
Se podrá reducir la licencia de maternidad antes del parto de 30 a 10 días.
El decreto permite validar la renuncia de derechos del trabajador por presión del empleador, alterando el principio de “irrenunciabilidad” (Art. 12, Ley 20.744).
Se altera de manera perjudicial la aplicación del principio de “la norma más favorable al trabajador” (Art. 9 de la Ley 20.744).

  • Impacto en la jornada laboral:

Se permite la extensión de jornadas laborales a 12 horas diarias, modificando el Artículo 197 bis de la LCT. Introduce la posibilidad de realizar un banco de horas de trabajo con promedios mensuales y anuales, afectando tu tiempo y equilibrio laboral.

  • Restricciones a derechos fundamentales:

Limita el derecho de huelga estableciéndola como causal de despido. Restringe los derechos colectivos de acción directa ampliando los servicios esenciales y estableciendo casi todas las  actividades productivas  como “trascendentes”,  impidiendo el ejercicio de la actividad sindical.
Ante despidos discriminatorios, se prohíbe la reinstalación en el puesto y se reduce significativamente la compensación económica.

  • Derogaciones y desregulación:

Derogación del Estatuto del Viajante de Comercio.
Desregulación del teletrabajo.
Desregulación de las normas de solidaridad en materia de responsabilidad empresarial

Este Mega DNU es una afrenta directa a los derechos laborales, a la estabilidad y propiedad económica de los trabajadores y trabajadoras.  Informate y hacé valer tus derechos. Seguiremos comprometidos en la defensa de los derechos de la mayoría de la población productiva del país.